En cumplimiento de lo dispuesto por el art. N° 15 inc. e) y art. N° 69 de la Ley 9.292 (Orgánica del Tribunal de Cuentas) se eleva anualmente una Memoria del Tribunal de Cuentas al Poder Ejecutivo y Legislativo provincial. Contiene los trabajos realizados durante cada año en orden a los objetivos de control que le atribuye la Constitución de la Provincia y refleja la evolución de las cuentas públicas.